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Explicaron que los productos no están inscriptos en la administración.
NACIONALES24 de septiembre de 2024 Redacciones PosturasLa Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un jabón blanco líquido que se encuentra en plataformas de ventas digitales. La Disposición 8618/2024 se hizo efectiva luego de su publicación en el Boletín Oficial.
En detalle, se trata del producto de la marca "Más Vida", cuya leyenda específica: "Hipoalergénico, ecológico, sin parabenos ni conservantes. Apto para lavarropas automático y lavado a mano". El organismo prohibió su "uso, comercialización, publicidad y distribución" luego de verificar que el artículo "no se encuentra inscripto ante la ANMAT".
Inicialmente, el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud había recibido una denuncia por la legitimidad del producto. Luego de constatar su falta de validez, la administración dispuso su prohibición en todo el país.
El producto era comercializado sobre todo a través de plataformas digitales. Debido a esto, los links para la comercialización del jabón fueron remitidos a la Coordinación del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria de esta Administración para su intervención, por lo que ya no se podrá acceder al producto.
En la disposición oficial, el organismo argumentó la decisión de prohibir su "uso, comercialización, publicidad y distribución" en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica. “A fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, de los que se desconocen las condiciones de manufactura, y considerando que los establecimientos y productos domisanitarios deben contar con las correspondientes habilitaciones y registros para que los productos puedan ser comercializados", detalló la administración.
Además, la ANMAT prohibió el "uso, comercialización, publicación y distribución" de un gel repelente de insectos. La medida fue determinada a través de la Disposición 7727/2024 publicada en el Boletín Oficial y rige en todo el territorio nacional.
El organismo dependiente del Ministerio de Salud prohibió el producto "Gel repelente de insectos, marca Kaen 1000, elaborado y fraccionado por Rodriflor S.A. Arenales 333, Ramos Mejía, pcia de Buenos Aires, Argentina R.P.E. 1136".
A raíz de las consultas recibidas en el Sistema de Cosmetovigilancia en relación con el repelente, se consultó en la base de datos del organismo e iniciaron las actuaciones correspondientes debido a que no se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan. En el rotulado del producto, figuraba la firma de la empresa Rodiflor S.A, por lo que se realizó una inspección de verificación y pudo comprobarse que personal de la firma se encontraba en el proceso de etiquetado y codificado del gel repelente de insectos.
Ante esto, las autoridades solicitaron los documentos correspondientes, pero la persona encargada de la tarea manifestó carecer de ellos, por lo que la administración decidió la "inhibición de la comercialización y destrucción de las unidades del producto por carecer de inscripción sanitaria ante la ANMAT".
(Fuente: Ámbito)
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