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title: "BAJARON LA PENA DEL MOTOCICLISTA QUE MATO A UN HOMBRE MIENTRAS HACÍA 'WILLY'"
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description: "La pena de prisión bajo de 8 a 6 años y mantuvieron los 10 años la inhabilitación a Seijas para la conducción de vehículos automotores."
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date_published: "2026-05-02T11:41:00-03:00"
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# BAJARON LA PENA DEL MOTOCICLISTA QUE MATO A UN HOMBRE MIENTRAS HACÍA 'WILLY'

![WhatsApp Image 2026-05-02 at 11.47.20](/download/multimedia.normal.a9be05a70b5cb1f7.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

El Tribunal de Casación Penal bonaerense ordenó bajar de 8 a 6 años la pena de prisión que le habían impuesto a Héctor Fabián Ariel Seijas.

La Sala IV del cuerpo provincial, con los votos de los jueces Mario Eduardo Kohan y Carlos Ángel Natiello, atenuó la calificación legal, que cambió de homicidio simple con dolo eventual a homicidio con culpa consciente.

Seijas, haciendo "willy”, mató a otro motociclista en Ingeniero White. La muerte de Walter Santiago Binaghi, se produjo ocho días después del tragico incidente, que ocurrió el 14 de enero del 2025, en Juan B. Justo y Reconquista.

Lo que si se mantuvo, son los 10 años la inhabilitación a Seijas para la conducción de vehículos automotores.

Los jueces de Casación le dieron la razón a la defensa, a cargo del abogado defensor Sebastián Martínez, al sostener que en el dolo eventual el conocimiento del posible resultado no es deseado, pero el deseo por el acto inicial es más fuerte que el evitar aquel.

Según la prueba reunida, para el cuerpo judicial platense no hay elementos para creer que Seijas actuó con dolo eventual.

"Es que la aceptación del riesgo no implica per se la aprobación del resultado: la existencia del elemento volitivo debe acreditarse, siendo uno de los componentes esenciales del tipo doloso. La sentencia se desentiende de analizar la culpa consciente, obviando toda referencia a ese extremo, pese a ser delineado por la defensa en su alegato", expresó Casación.

A criterio de los jueces, "es innegable que el imputado desplegó una conducta objetivamente riesgosa", pero que esas circunstancias no son suficientes para afirmar que haya actuado con aceptación del resultado mortal.

"En efecto, tales factores son demostrativos de una conducta sumamente imprudente y antirreglamentaria, más no puede aseverarse en base a las mismos una actitud dolosa (dolo eventual)", agregaron desde Casación.

CONDENARON A 8 AÑOS DE PRISIÓN A SEIJAS POR LA MUERTE DE WALTER BINAGHI

SEIJAS FUE CONDENADO A 8 AÑOS DE PRISIÓN:

PIDEN JUSTICIA POR LA MUERTE DE WALTER SANTIAGO BINAGHI:

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